Artículo 291 del Código Penal de Hidalgo
Libro segundo · Titulo décimo quinto. Delitos contra el orden constitucional y la seguridad del estado · Capitulo III. Sedición y otros desordenes públicos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026
Al que públicamente manifieste por acto de violencia, que no debe guardarse toda o en parte la Constitución del Estado, se le impondrá hasta seis meses de prisión y multa de 20 a 100 días.
Si el infractor es un funcionario o empleado público del Estado, será condenado, además de la destitución de su cargo, empleo o comisión y la inhabilitación para obtener otro por un término que no exceda de cinco años.