Artículo 292 del Código Penal de Hidalgo
Libro segundo · Titulo décimo quinto. Delitos contra el orden constitucional y la seguridad del estado · Capitulo IV. Motín
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026
Cometen el delito de motín los que, para hacer uso de un derecho se reúnen tumultuariamente, sin armas e intimados por la autoridad se niegan a disolverse.
El motín se sancionará con prisión hasta de seis meses y multa de 20 a 100 días.