Artículo 61 del Código Penal de Hidalgo
Libro primero · Titulo tercero. De las consecuencias jurídicas del delito · Capitulo V. Aseguramiento, decomiso, destrucción y perdida de objetos, instrumentos y productos del delito
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026
Las autoridades competentes procederán al inmediato aseguramiento de los bienes relacionados con el hecho antijurídico, durante la averiguación o en el proceso. Se actuará en los términos anteriores cualquiera que sea la naturaleza de los instrumentos, objetos o productos del delito.