Artículo 1999 del Código Civil de Jalisco
LIBRO QUINTO. De las diversas especies de contratos · TÍTULO SEXTO. Del arrendamiento · CAPÍTULO II. De los derechos y obligaciones del arrendador
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
La obligación del arrendador de garantizar el uso o goce pacífico del bien arrendado, no comprende las acciones de terceros que por vías de hecho perturben su uso o goce. En estos casos, el arrendatario sólo tendrá acción contra los autores de los hechos, pero no contra el arrendador.