Artículo 2654 del Código Civil de Jalisco
LIBRO SEXTO. De las sucesiones · TÍTULO PRIMERO. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
Cuando los beneficiarios designados en el libro relativo al patrimonio de familia fallezcan antes o al mismo tiempo que el autor de la sucesión, los bienes que integran el patrimonio de familia se distribuirán en la forma y términos de este libro.