Artículo 2892 del Código Civil de Jalisco
LIBRO SEXTO. De las sucesiones · TÍTULO TERCERO. De la forma de los testamentos · CAPÍTULO V. Del testamento privado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
Al otorgarse el testamento privado se observarán, en lo conducente, las solemnidades prescritas para los testamentos públicos abiertos.