Artículo 533 del Código Civil de Jalisco
LIBRO SEGUNDO. De las Personas y de las Instituciones de Familia · TÍTULO SEXTO. De la Paternidad y Filiación · CAPÍTULO IV. De la Adopción Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
El juez puede autorizar a favor de un solo adoptante, la adopción de dos o más personas simultáneamente cuando por las circunstancias especiales sea lo más conveniente.