Artículo 1101 del Código Civil de Morelos
PREFERENCIA EN EL USO DEL DERECHO DEL TANTO
Libro cuarto. De los bienes de los derechos reales · Titulo cuarto. De la propiedad · Capitulo VII. De la copropiedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Si varios copropietarios hicieren uso del derecho del tanto, será preferido el que represente mayor parte; y siendo iguales el designado por el Juez.