Artículo 1264 del Código Civil de Morelos
HECHOS JURIDICOS VOLUNTARIOS ILICITOS COMO FUENTES DE OBLIGACIONES
Libro quinto. De las obligaciones · Titulo primero. Fuentes de las obligaciones · Capitulo I. De las diversas clases de fuentes de las obligaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Enunciativamente se reconocen como fuente de obligaciones los siguientes hechos voluntarios ilícitos: Los delitos y cuasidelitos, los hechos dolosos y culposos, el abuso de los derechos, los actos simulados y los que se ejecuten en fraude de acreedores, el incumplimiento de las deudas, la culpa en la conservación de los bienes, la recepción dolosa de lo indebido, la posesión de mala fe y la incorporación, especificación, mezcla confusión, edificación, plantación y siembra ejecutada de mala fe.