Artículo 1508 del Código Civil de Morelos
EFECTOS DE LA DECLARACION JUDICIAL SOBRE OPOSICION FUNDADA DEL ACREEDOR
Libro quinto. De las obligaciones · Titulo cuarto. Efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Capitulo II. Del ofrecimiento del pago de la consignacion
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Si el Juez declara fundada la oposición del acreedor para recibir el pago, el ofrecimiento y la consignación se tienen como no hechos.