Artículo 1622 del Código Civil de Morelos
REQUISITOS PARA QUE SE VERIFIQUE LA COMPENSACION JUDICIAL
Libro quinto. De las obligaciones · Titulo quinto. De la extincion de las obligaciones · Capitulo I. De la compensacion
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Para que tenga lugar la compensación judicial, deben satisfacerse todos los requisitos de la compensación legal en el momento en que falle el Juez, aun cuando no lo hayan sido al oponer las defensas, o al invocar la compensación al contestar la demanda.