Artículo 1958 del Código Civil de Morelos
SITUACION DEL USUFRUCTUARIO RESPECTO DEL ARRENDAMIENTO
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo sexto. Del arrendamiento · Capitulo XI. De las causas de terminacion de los contratos de arrendamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Si el usufructuario no manifestó su calidad de tal al hacer el arrendamiento, y por haberse consolidado la propiedad con el usufructo, exige el propietario la desocupación de la finca, tiene el arrendatario derecho para demandar al arrendador la indemnización de daños y perjuicios.
En el caso del párrafo anterior se observará lo que dispone el artículo 1952, en su primer párrafo si el predio fuere rústico, y el segundo párrafo si fuere urbano.