Artículo 2072 del Código Civil de Morelos
OBLIGACION DEL EJECUTANTE DE OBRA POR AJUSTE CERRADO
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo decimo. Del contrato de prestacion de servicios · Capitulo III. Del contrato de obra a precio alzado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
El que se obligue a hacer una obra por ajuste cerrado, debe comenzar y concluir en los términos designados en el contrato, y en caso contrario, en los que sean suficientes, a juicio de perito.