Artículo 70 del Código Penal de Morelos
Libro primero · Parte general · Título quinto. Aplicación de sanciones · Capítulo IX. Participación y autora indeterminada
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 7 de octubre de 2026
En los casos de las fracciones IV, V y VI del artículo 18, se impondrán a quienes participaron en el delito hasta las dos terceras partes de la sanción aplicable al delito cometido.