CPMOR · Art. 18

Artículo 18 del Código Penal de Morelos

Libro primero · Parte general · Título tercero. Delito · Capítulo III. Responsables del delito

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 7 de octubre de 2026

Es responsable del delito quien:

I.Lo realiza por sí mismo o conjuntamente con otro autor;

II.Lo lleva a cabo sirviéndose de otro, al que utiliza como instrumento para la comisión del delito;

III.Dolosamente determina a otro para cometerlo;

IV.Dolosamente presta ayuda al autor para realizarlo; V.- Con posterioridad a la ejecución del delito auxilia al autor, en cumplimiento de una promesa anterior;

VI.- Interviene con otros en la comisión del delito, sin acuerdo previo, para realizarlo, y no consta quien de ellos produjo el resultado; y VII.- Los que acuerden y preparen su realización.

Los autores y los partícipes responderán en la medida de la intervención que hubieren tenido.

Por lo que respecta a los inimputables que hubiesen intervenido en un delito, se aplicarán las medidas previstas en el artículo 57 de este ordenamiento.

Leer de corridodentro de Libro primero

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
ca1fada3932b…
Última reforma
(Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • NOTAS: REFORMA VIGENTE.- Reformadas las fracciones V, VI y último párrafo por Artículo Primero y adicionada la fracción VII por Artículo Segundo del Decreto No. 1221 de 2000/08/30. Publicado en el POEM No. 4083 de 2000/10/18. Vigencia: 2000/10/19.

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 38 encabezados (capítulo, título…) llevan un asterisco de reforma en la fuente; se omite.
  • 337 bloques 'NOTAS:' de la Consejería Jurídica (reforma vigente, reformas sin vigencia y 'Antes decía') se publican literales en nota_reforma del artículo al que siguen.
  • 1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
  • número de artículo repetido en la fuente: 272 Bis (orden 355 y 356); el segundo se publica con clave '272 Bis-dup2'
  • acceso no directo: vercel-sandbox
  • Texto tomado del PDF oficial de la Consejería Jurídica; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (tabla de aprobación y publicación, nombre del código, Consejería Jurídica, 'Última Reforma' y 'N de M').
  • El asterisco que la fuente pone antes del número de los artículos reformados ('ARTÍCULO *106.-') es una marca editorial: se publica el número sin él.
  • Rótulos con erratas en la fuente ('ARTCULO 54.-', 'ARRTICULO 2388.-', 'ARTICULO.1035.-', 'ARTICULO 2351.' sin guion, 'ARTÍCULO *1365' sin punto) se leen como rótulos.
  • La fuente imprime el rótulo del artículo 211 Sextus sin texto; su nota dice que el decreto que lo adicionó quedó sin efectos (Nota Aclaratoria, POEM No. 5826, 26 de mayo de 2020). No se publica como artículo.

Transitorios (122 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 18, Código Penal de Morelos (Morelos). Texto vigente, última reforma 7 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-18/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.