Artículo 1054 del Código Civil de Nayarit
Libro segundo. De los bienes · Titulo sexto. De las servidumbres · Capitulo II. De las servidumbres legales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 17 de diciembre de 2025
Todo lo concerniente a las servidumbres establecidas para la utilidad pública o comunal, se regirá por las leyes y reglamentos especiales y, en su defecto, por las disposiciones de este título.