Artículo 1066 del Código Civil de Colima
Libro segundo. De los bienes · Titulo sexto. De las servidumbres · Capitulo II. De las servidumbres legales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
Todo lo concerniente a las servidumbres establecidas para la utilidad pública o comunal, se regirá por las leyes y reglamentos especiales y, en su defecto por las disposiciones de este título.