Artículo 1167 del Código Civil de Guanajuato
Libro segundo. De los bienes · Parte Séptima. Del seguro, destrucción, ruina y reconstrucción del edificio · Título Séptimo. De las servidumbres · Capítulo II. De las servidumbres legales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Todo lo concerniente a las servidumbres establecidas para utilidad pública se regirá por las leyes y reglamentos especiales y, en su defecto, por las disposiciones de este Título.