Artículo 1138 del Código Civil de Nayarit
Libro segundo. De los bienes · Titulo septimo. De la prescripción · Capitulo II. De la prescripción positiva
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 17 de diciembre de 2025
Cuando la posesión se adquiere por medio de violencia, aunque ésta cese y la posesión continúe pacíficamente, el plazo para la prescripción será de diez años para los inmuebles y de cinco para los muebles, contados desde que cese la violencia.