Artículo 183 del Código Penal de Nayarit
Libro segundo. De los delitos en particular · Titulo segundo. Delitos contra la seguridad pública · Capítulo III. Armas prohibidas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 6 de marzo de 2026
Son armas prohibidas:
I.Los puñales, verduguillos, cuchillos y otros similares, excepto cuando se usen como instrumentos de trabajo; y las demás armas ocultas o disimuladas en cualquier objeto;
II.Las manoplas, macanas, boxes, hondas, correas con balas o con pesos ocultos y los demás similares;
III.Las bombas, aparatos explosivos o gases y los demás similares;
IV.Las ganzúas, llaves falsas y demás similares, y
V.Las que otras leyes o reglamentos señalen como tales.