Artículo 215 del Código Penal de Nayarit
Libro segundo. De los delitos en particular · Título cuarto. Delitos contra la autoridad · Capítulo IV. Delitos cometidos contra servidores públicos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 6 de marzo de 2026
Al que cometa un delito en contra de un servidor público en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, se le aplicará de tres a siete años de prisión, además de las sanciones que le corresponda por el delito o los delitos cometidos.
(ADICIONADO, P.O. 18 DE MAYO DE 2020)
Cuando las conductas a que se refiere el párrafo anterior, sean en contra de cualquier trabajador, médico, cirujano, personal de enfermería, pasante o demás profesionistas similares o auxiliares de las dependencias y entidades públicas del Sistema Estatal de Salud, durante el periodo que comprenda la declaración de una contingencia o una emergencia sanitaria, la pena de prisión deberá aumentarse hasta en una mitad.