Artículo 324 del Código Penal de Nayarit
Libro segundo. De los delitos en particular · Título décimo sexto. Delitos contra la paz, libertad y seguridad de las personas · Capítulo V. Privación de la libertad personal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 6 de marzo de 2026
Se impondrán de tres a ocho años de prisión y de cincuenta a doscientos días, y al pago de los salarios y prestaciones legales de la víctima, a quien obligue a otro a prestarle trabajos o servicios personales sin la retribución debida, ya sea empleando violencia física o moral o valiéndose del engaño, de la intimidación o de cualquier otro medio.