Artículo 1048 del Código Civil de Nuevo León
DISPOSICIONES PRELIMINARES · TITULO QUINTO. DEL USUFRUCTO, DEL USO Y DE LA HABITACIÓN · CAPITULO V. DE DERECHO REAL DE SUPERFICIE
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el 26 de junio de 2026
En el derecho de superficie el terreno pertenece al propietario y lo sembrado, plantado o edificado al superficiario.