Artículo 636 del Código Civil de Nuevo León
LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS · TITULO NOVENO. DE LA TUTELA · CAPITULO XVI. DEL ESTADO DE INTERDICCION
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el 26 de junio de 2026
Son también nulos los actos de administración y los contratos celebrados por las niñas, niños o adolescentes emancipados, si son contrarios a las restricciones establecidas por el artículo 643.