Artículo 1125 del Código Civil de Oaxaca
Libro segundo. De los bienes · Titulo sexto. De la servidumbre · Capitulo VIII. Derechos y obligaciones de los propietarios de los predios entre los que está constituída alguna servidumbre voluntaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026
El dueño del predio sirviente, si el lugar primitivamente designado para el uso de la servidumbre llegase a presentarle graves inconvenientes, podrá ofrecer otro que sea cómodo al dueño del predio dominante, quien no podrá rehusarlo, si no se perjudica.