Artículo 2085 del Código Civil de Oaxaca
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte Primera.. De las obligaciones en general · Titulo quinto. Extinción de las obligaciones · Capitulo III. De la remisión de la deuda
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026
Cualquiera puede renunciar su derecho y remitir, en todo o en parte, las prestaciones que le son debidas, excepto en aquellos casos en que la ley lo prohibe.