Artículo 7.451 del Código Civil del Estado de México
Perdón de la deuda
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO DECIMO SEGUNDO. De la Extinción de las Obligaciones · CAPITULO III. De la Remisión de la Deuda
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El acreedor puede renunciar a su derecho y remitir, en todo o en parte, las prestaciones que le son debidas, excepto en aquellos casos en que la ley lo prohíbe.