Artículo 2915 del Código Civil de Oaxaca
Libro cuarto. De las obligaciones · Tercera parte · Titulo segundo. Del Instituto de la Función Registral · Capitulo VI. De la extinción de las inscripciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026
Cuando se registre la propiedad o cualquier otro derecho real sobre inmuebles, en favor del que adquiere, se cancelará el registro relativo al que enajene.