Artículo 93 del Código Civil de Oaxaca
Libro primero. De las personas · Titulo cuarto. Registro Civil · Capitulo V. De las actas de tutela
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026
El acta de tutela contendrá:
I.Nombre, apellido y edad del incapacitado;
II.La clase de incapacidad por la que se haya discernido la tutela;
III.El nombre y demás generales de las personas que han tenido al incapacitado bajo su patria potestad antes del discernimiento de la tutela;
IV.El nombre, apellido, edad, profesión, domicilio y nacionalidad del tutor y del curador;
V.La garantía dada por el tutor, expresando el nombre, apellido y demás generales del fiador, si la garantía consiste en fianza; o la ubicación y demás señas de los bienes, si la garantía consiste en hipoteca o prenda;
VI.El nombre del Juez que discernió el cargo y la fecha de la diligencia.