CPOAX · Art. 102

Artículo 102 del Código Penal de Oaxaca

Libro primero. · Titulo septimo.. Extinción de la pretensión punitiva y de la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad. · Capitulo único. De las causas de extinción · Sección cuarta. Reconocimiento de inocencia del sentenciado o anulación de la sentencia e indulto

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 23 de mayo de 2026

Cuando aparezca que el sentenciado es inocente, se procederá al reconocimiento de su inocencia, en los términos del Código Nacional de Procedimientos Penales, según sea el caso y se estará a lo dispuesto en el artículo 50 de este Código.

(Artículo reformado mediante Decreto Número 1236, aprobado el 26 de marzo del 2015 y publicado en el Periódico Oficial Extra del 7 de mayo del 2015)

Leer de corridodentro de Titulo septimo.. Extinción de la pretensión punitiva y de la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca)
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Transitorios (132 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 102, Código Penal de Oaxaca (Oaxaca). Texto vigente, última reforma 23 may 2026. https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-102/

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