Artículo 1206 del Código Civil de Puebla
Libro tercero bienes · Capítulo XI. Derecho real de usufructo · Sección segunda. Derechos del usufructuario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Las servidumbres voluntarias que el usufructuario constituya sobre el inmueble objeto de su derecho cesarán al terminar éste.