Artículo 1216 del Código Civil de Puebla
Libro tercero bienes · Capítulo XI. Derecho real de usufructo · Sección tercera. Obligaciones del usufructuario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
El que se reserva la nuda propiedad puede dispensar al usufructuario de la obligación de garantizar.