Artículo 1304 del Código Civil de Puebla
Libro tercero bienes · Capítulo XII. Servidumbres · Sección quinta. Servidumbre legal de paso
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Si hubiera varios predios por donde pueda darse paso a la vía pública, el obligado a la servidumbre será aquél por donde fuere más corta la distancia.