Artículo 1547 del Código Civil de Puebla
Libro cuarto. Obligaciones · Capitulo VII. Condición y plazo · Sección primera. Obligaciones condicionales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
La condición es suspensiva cuando el nacimiento o el cumplimiento de la obligación, depende de la condición misma, según la voluntad de las partes.