Artículo 2202 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo IV. Donación · Sección primera. Donación en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
La donación se hará constar:
I.En documento privado si el bien donado es mueble; y,
II.En escritura pública, si el Bien donado es inmueble.