Artículo 230 del Código Civil de Puebla
Libro primero. Personas · Capítulo VI. Sociedades · Sección segunda. Socios
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Cuando el aumento del capital social sea acordado por la mayoría, los socios que no estén conformes pueden separarse de la sociedad, con devolución de lo que aportaron.