Artículo 2329 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo VI. Arrendamiento · Sección séptima. Terminación del arrendamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Si terminado el arrendamiento celebrado para casa habitación y la prórroga si la hubo, continua el arrendatario sin oposición en el goce y uso del bien, ya no se entenderá prorrogado el arrendamiento.