Artículo 2477 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo X. Mandato · Sección quinta. Mandato judicial
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Si por la cuantía del negocio el mandato judicial se otorgó en documento privado, el Juez cuando lo estime conveniente, podrá decretar la ratificación antes de admitir al procurador y aun después de admitido.