Artículo 2601 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo XV. Aparcería
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
El propietario está obligado a garantizar a su aparcero la posesión y el uso del ganado y a sustituir por otros, en caso de evicción, los animales perdidos.