Artículo 2181 del Código Civil de Morelos
OBLIGACIONES DEL PROPIETARIO DE GARANTIZAR AL APARCERO LA POSESION EL USO DEL GANADO SUBSTITUIR ANIMALES PERDIDOS POR EVICCION
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo decimo cuarto · Capitulo III. De la aparceria de ganados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
El propietario está obligado a garantizar a su aparcero la posesión y el uso del ganado y a sustituir por otros, en caso de evicción, los animales perdidos; de lo contrario, es responsable de los daños y perjuicios a que diere lugar por la falta de cumplimiento del contrato.