Artículo 285 del Código Civil de Puebla
Libro primero. Personas · Capítulo VI. Sociedades · Sección quinta. Liquidación de la sociedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Si los socios no llegan a un convenio sobre la división de las ganancias, esta división se hará por decisión arbitral.