Artículo 288 del Código Civil de Puebla
Libro primero. Personas · Capítulo VI. Sociedades · Sección quinta. Liquidación de la sociedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Salvo lo dispuesto en la escritura constitutiva, los socios industriales no responderán de las pérdidas.