Artículo 3025 del Código Civil de Puebla
Libro sexto. Sucesiones · Capitulo I. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
La propiedad y posesión de los bienes, y los derechos y obligaciones del autor de la herencia, se transmiten por la muerte de éste a sus herederos, según lo establecido en el presente libro salvo lo dispuesto en el artículo 375.