Artículo 325 del Código Civil de Puebla
Libro segundo. Familia · Capítulo II. Matrimonio · Sección tercera. Derechos y obligaciones que nacen del matrimonio
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Si uno de los cónyuges está imposibilitado para trabajar y carece de bienes, corresponderá al otro sufragar todos los gastos del hogar y de la educación de los hijos. Esta obligación es irrenunciable.