Artículo 683 del Código Civil de Puebla
Libro segundo. Familia · Capítulo XI. Tutela · Sección cuarta. Tutela legítima del mayor incapacitado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Los hijos, o hijas mayores de edad, son tutores de su padre o madre viudos, divorciados o solteros, que estén incapacitados.