Artículo 144 del Código Penal de Puebla
Libro segundo delitos en particular · Capítulo primero. Delitos contra el orden constitucional y la seguridad del estado · Sección primera. Delitos contra el orden constitucional
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 15 de diciembre de 2025
Cuando los hechos delictuosos de que trata el artículo anterior, sean cometidos por funcionarios públicos o empleados del Estado, además de las sanciones mencionadas se impondrá la destitución del cargo o empleo, la inhabilitación para obtener otro hasta por diez años y la privación de derechos políticos por igual tiempo.