Artículo 180 del Código Penal de Puebla
Libro segundo delitos en particular · Capítulo segundo. Delitos contra la seguridad pública · Sección tercera. Armas e instrumentos prohibidos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 15 de diciembre de 2025
Los servidores públicos pueden portar las armas exclusivamente necesarias para el ejercicio de su cargo.