Artículo 229 Quater del Código Penal de Puebla
Libro segundo delitos en particular · Capítulo séptimo delitos contra el libre desarrollo de la personalidad y la identidad de género · Sección séptima. Disposiciones comunes a las secciones precedentes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 15 de diciembre de 2025
Si el sujeto activo de los delitos a que se refieren las secciones anteriores de este Capítulo, se vale de la función pública que tuviere o se ostente como tal sin tenerla, la sanción que les corresponda deberá agravarse de dos a cuatro años de prisión y serán sancionados además con la destitución del empleo, cargo o comisión pública y la inhabilitación para desempeñar o ejercer otro de diez a veinte años.