Artículo 436 Sexies del Código Penal de Puebla
Libro segundo delitos en particular · Capítulo décimo noveno. Delitos por hechos de corrupción · Sección décima primera. Evasión de presos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 15 de diciembre de 2025
En el supuesto previsto en el artículo anterior, para la determinación de las sanciones aplicables, se tendrán en cuenta, además de las circunstancias que expresan los artículos 72, 74 y 75 de este Código, la calidad del prófugo y la gravedad del delito que se le imputa.