Artículo 124 del Código Civil de Querétaro
Libro Primero. De las personas · Título Quinto. Del Registro Civil · Capítulo Octavo. De las actas de inscripción de ejecutorias
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
Las actas a que se refiere el artículo anterior, deberán contener: el nombre, edad, estado civil y nacionalidad de la persona de quien traten, los puntos resolutivos de la sentencia, fecha de la misma y la designación del tribunal que la dictó.